El 28 de agosto de 2017 fueron electos cinco magistrados de la Corte de Cuentas de la República por parte de la Asamblea Legislativa y según la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, su elección no fue legal.

Según la resolución emitida por en ente, la Asamblea Legislativa omitió su deber de documentar la no afiliación partidaria de la presidenta de la institución fiscalizadora, Carmen Elena Rivas Landaverde, y de la primera magistrada María del Carmen Martínez Barahona.

Asimismo, la Sala explicó que la Asamblea sí documento la no afiliación partidaria del tercer magistrado Roberto Antonio Anzora Quiroz y los suplentes Nolberto Osmín Cunza López y Patricia Lissete Bardales Osegueda, sin embargo, no justificó la competencia notoria según el perfil requerido para el cargo.

La Sala permitió que los cinco magistrados continúen en sus cargos hasta el 27 de agosto y no los inhibió para que participen en el proceso de elección en manos de la Asamblea Legislativa.

Asimismo, aclara que la sentencia no afecta los actos emitidos por los referidos funcionarios durante el periodo en el que desempeñaron y desempeñarán sus cargos. 

Además la Sala ordenó a la Asamblea realizar el proceso de elección de magistrados a la mayor brevedad posible, observando el contenido de la sentencia.